EL ESTADO ECUATORIANO DEBERÁ ADOPTAR LAS MEDIDAS QUE SEAN NECESARIAS PARA:
-
La atención prioritaria a las niñas/os menores de seis años, garantizando su
nutrición, salud educación y cuidado.
-
Protección contra la explotación laboral, prohibiéndose el trabajo a menores de
quince años, promoviendo la erradicación del trabajo infantil, en los y las
adolescentes el trabajo será de forma excepcional, siempre que éste, no comprometa
su educación ni ponga en riesgo su integridad física, síquica, emocional.
No hay comentarios:
Publicar un comentario